Si algo ha aportado a cazadores y conservacionistas la sentencia 637/2016 del Tribunal Supremo sobre el arruí, ha sido el desconcierto. Aunque este caso concreto parece un recorte más impuesto al mundo de la caza a instancias de organizaciones ecologistas, su filosofía nos lleva a un pozo de confusión.
Porque si el arruí, según la doctrina del alto tribunal, debe ser erradicado, ¿por qué no también la hormiga argentina o el barrón salado que trajeron los barcos del Descubrimiento? Es bien cierto que, intencionada o accidentalmente, se producen numerosas y continuas introducciones de especies foráneas, y nuestra atención se centra en aquellas que evidencian claros daños y alteraciones a las especies autóctonas, sin que parezcan preocupar a nadie otras especies menos espectaculares, como el alga Azolla, el pez Gambusia o el ave pico de coral.
¿No será toda esta traslocación de seres vivos una consecuencia natural de la existencia de Homo sapiens sobre la tierra y, por tanto, debiéramos admitirla como tal proceso natural y olvidarnos de adoptar medidas drásticas y, por otra parte, impracticables?
Lo primero que habría que hacer es establecer una diferenciación clara entre las especies ajenas a nuestro sistema que han llegado de manera artificial y las que lo han hecho por sus propios medios. Esto parece no haber sido definido acertadamente por los responsables de la Administración correspondiente.
Muestra de ello es la reacción del departamento de Sanidad Animal del Gobierno autónomo cuando el otro día denuncié allí la aparición de tórtolas turcas muertas en mi propiedad, aparentemente afectadas por alguna enfermedad. La respuesta fue: «Diríjase a Medio Ambiente porque se trata de una especie exótica» (!).
Yo creo que la tórtola turca, al igual que la golondrina daúrica, la garceta grande o el buitre de Rupell, han llegado a nuestro país a través de lo que se conoce como una expansión natural. No como llegaron las cotorras de Kramer, el black bass o el muflón: introducidos intencionadamente por el hombre. Si en medio de toda esta confusión, ahora tenemos que adoptar la doctrina de la sentencia citada, la labor va a ser ardua, si no imposible.
Porque ¿cómo piensa ‘medio ambiente’ erradicar el lucio, el cangrejo rojo, el meloncillo o el pájaro mandarín, por poner algunos sencillos ejemplos? ¿Y qué ocurrirá cuando entremos en el mundo vegetal? ¿Nos hemos parado a considerar que la ubicua y modesta caña de escoba es una especie exótica y por tanto objeto de erradicación?
¡Difícil y sin fin es la tarea conservacionista!
Javier Hidalgo
Muchas Gracias Juan Manuel
Muy bueno