Legal
Aspectos legales sobre la caza de t贸rtolas y torcaces en media veda
Laura Vallejo nos env铆a la siguiente pregunta desde Guadalajara:
鈥淢e encanta la media veda, sobre todo la caza de t贸rtolas y torcaces, y todos los a帽os organizo y participo en varias tiradas celebradas en Castilla-La Mancha y Castilla y Le贸n. 驴Es cierto que los puestos no pueden colocarse en los bebederos habituales de estas especies? 驴Qu茅 otros aspectos legales debo tener en cuenta a la hora de practicar esta modalidad de caza en estas regiones?鈥.
Efectivamente, Laura, el apartado p) del art铆culo 27 del Reglamento de Caza de Castilla-La Mancha proh铆be literalmente tirar a las palomas en sus bebederos habituales (鈥).
Por su parte, la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y Le贸n, establece en el apartado 8 de su art铆culo 43 la prohibici贸n de tirar a las palomas y t贸rtolas en sus bebederos habituales y a menos de 1.000 metros de palomares industriales en explotaci贸n. Del mismo modo, en la regi贸n castellano-manchega est谩 prohibido, tal y como dispone el apartado k) del art铆culo 27 de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha, disparar a las palomas a menos de 1.000 metros de un palomar cuya localizaci贸n est茅 debidamente se帽alizada, as铆 como a las palomas mensajeras y a las deportivas o buchonas que ostenten las marcas reglamentarias, salvo cuando el palomar se encuentre enclavado en el mismo terreno cineg茅tico, que ser谩 de 250 metros.
En este caso, como vemos, este precepto no se refiere a las palomas torcaces, sino a las 鈥渃aseras鈥, mensajeras y deportivas o buchonas. Y es que es importante resaltar que durante la media veda en estas regiones solo pueden abatirse palomas torcaces, y no otras, como brav铆as o zuritas.
脷nica y exclusivamente torcaces. 隆Mucho cuidado con ello, pues suele ser un motivo habitual de denuncia! Si tenemos pensado organizar una tirada o apostarnos en un lugar fijo para cazarlas al paso, deberemos respetar estas distancias.
ALGUNAS CONSIDERACIONES IMPORTANTES
驴Y podemos utilizar cimbeles para cazar la paloma torcaz? La respuesta es s铆, tanto naturales como artificiales, siempre y cuando no se vulnere la prohibici贸n recogida en el apartado i) del art铆culo 26 de la Ley de Caza de Castilla-La Mancha.
Es decir, no est谩 permitido el uso de reclamos de especies no cineg茅ticas, vivos o naturalizados y otros animales vivos ciegos, cegados o mutilados. Y tampoco est谩 autorizada la utilizaci贸n de reclamos mec谩nicos ni de otros aparatos electr贸nicos, grabadores o magnet贸fonos usados como reclamos.
Esta misma prohibici贸n se establece en el art铆culo 31 de la Ley de Caza de Castilla y Le贸n. En cuanto a los cupos establecidos, en Castilla y Le贸n solo se podr谩n abatir ocho t贸rtolas por cazador y d铆a, mientras que en Castilla-La Mancha este n煤mero se incrementa hasta diez.
Todo ello, claro est谩, salvo que en la resoluci贸n aprobatoria del plan t茅cnico de caza se establezca uno inferior, en cuyo caso se estar谩 a lo que prevea dicha resoluci贸n.
En Castilla-La Mancha, los d铆as h谩biles de caza en media veda ser谩n, adem谩s de los de apertura y cierre, los jueves, s谩bados, domingos y festivos de car谩cter nacional.
En Castilla y Le贸n se establecen unos d铆as h谩biles seg煤n las diferentes zonas o 谩reas de la regi贸n. En el siguiente enlace puede acceder a la Resoluci贸n de la Direcci贸n General del Medio Natural de 30 de junio de 2015, en la que se incluyen los periodos h谩biles en esta comunidad aut贸noma: http://www.jcyl.es/web/ jcyl/MedioAmbiente/es/Plantilla100DetalleFee d/1246988359553/Normativa/1175259754359/
En todo caso, el cierre de la media veda en Castilla y Le贸n no puede ser posterior al 20 de septiembre, mientras que en Castilla-La Mancha el periodo h谩bil para la caza de t贸rtolas y palomas torcaces concluye el 21 de septiembre.
Podemos disparar a zorros y urracas Ah, tambi茅n es importante recordar que en Castilla-La Mancha, y de acuerdo con lo dispuesto en el art铆culo 99.1 b) del Reglamento de Caza, durante el periodo de media veda se permite tambi茅n la caza del zorro y de la urraca.
Y en Castilla y Le贸n tambi茅n pueden abatirse urracas, raposos y cornejas, tal y como dispone el art铆culo 6 de la Orden de Vedas de esta regi贸n. As铆 que, ya saben, si les entra alguno de estos predadores cuando cacen en estas regiones, no duden en dispararlo.
Es trascendental incidir en que la t贸rtola turca no est谩 declarada especie cineg茅tica en estas regiones, por lo que su caza est谩 totalmente prohibida. 隆Mucho cuidado con confundirla con la com煤n! Tambi茅n suele ser un motivo habitual de incoaci贸n de procedimientos sancionadores durante este periodo cineg茅tico.
Por 煤ltimo, tambi茅n deberemos prestar atenci贸n a la hora de respetar las zonas de seguridad fijadas por la normativa de cada una de las comunidades aut贸nomas (v铆as y caminos de uso p煤blico, v铆as pecuarias, v铆as f茅rreas, dominio p煤blico hidr谩ulico y sus m谩rgenes, canales navegables, 谩reas de uso p煤blico, las recreativas y de acampada, los n煤cleos urbanos, industriales, edificables, granjas ganaderas y cineg茅ticas, viviendas habitables aisladas鈥).
En el caso de Castilla- La Mancha, su nueva Ley de Caza las regula en el art铆culo 51, mientras que en Castilla y Le贸n este aspecto se encuentra recogido en el art铆culo 28 de su Ley de Caza. Teniendo en cuenta todas estas consideraciones y portando toda la preceptiva documentaci贸n al d铆a (licencias de caza y del arma, seguro de responsabilidad civil, gu铆a del arma, autorizaci贸n del titular del aprovechamiento cineg茅tico, DNI鈥) podremos disfrutar de la caza de t贸rtolas y torcaces con la conciencia tranquila. 隆Mucha suerte y prudencia!
Jaime Valladolid
Especialistas en Derecho Cineg茅tico y Medioambiental
4 comentarios
Trofeocaza .
agosto 28, 08:57Alberto
agosto 27, 19:15Trofeocaza .
abril 27, 07:13Carlos
abril 26, 17:41