El Grupo Parlamentario Popular presentó en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para modificar la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, al objeto de intentar detener el exterminio de especies como la carpa, la trucha arcoíris, el cangrejo rojo o el arruí, afectadas por la archiconocida resolución del Alto Tribunal.
Afortunadamente, esta vez sí encontró el respaldo del PSOE y Ciudadanos para tomar en consideración esta nueva iniciativa, que fue desechada allá por el mes de junio de este mismo año.
¿Qué ha cambiado en estos cinco meses? Quizás la prominente movilización de los sectores afectados haya provocado la reconsideración de los grupos que contaban con la llave para abrir la puerta a la liberación tanto de estas especies como de las familias que subsistían gracias a su aprovechamiento sostenible.
Se trata de un primer paso, pero aún queda mucho por andar hasta la hipotética entrada en vigor de un ‘salvavidas’ legal que acabe con el sinsentido instado por diferentes organismos supuestamente ecologistas y acordado, ni más ni menos, que por nuestro Tribunal Supremo.
Según señala la propia Exposición de Motivos de la Proposición de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular, se persigue
«encontrar una solución que compatibilice la protección del medioambiente de conformidad con la sentencia del Tribunal Supremo, con la actividad y el empleo de los sectores cinegético y piscícola, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Reglamento 1143/2014, de 22 de octubre, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras, en cuya aprobación participó activamente España, debiendo valorar, en las actuaciones a seguir, las especies que proporcionan beneficios sociales y económicos. Se pretende también establecer un marco para que las comunidades autónomas puedan ejercer sus competencias de gestión en la materia y dotar de seguridad jurídica a los sectores».
La propuesta inicial es la siguiente: excepcionalmente y de manera justificada por motivos imperiosos de interés público (incluidos los de naturaleza social o económica), la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad podrá autorizar el aprovechamiento cinegético o piscícola de ciertas especies catalogadas como «exóticas invasoras» siempre que hayan sido introducidas en el medio natural con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.
Es importante destacar el merecimiento de quienes votaron a favor (Partido Popular, Ciudadanos, PSOE, PNV, PDeCAT y Foro Asturias) y el demérito de los que lo hicieron en contra (Unidos Podemos). Al César lo que es del César…
Jaime Valladolid
Bernad Abogados
Especialistas en Derecho Cinegético y Medioambiental
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