Finalmente se aprueba la ley de bienestar animal pero excluyendo a los perros de caza.
Dentro de la ley animalista no solo se incluyen los artículos que afectan a los perros de caza, sino que recordemos que se siguen incluyendo artículos, como el 70, 71, 72 y 73 que afecta directamente a la actividad cinegética. Dichos artículos regulan el uso de animales en algunas actividades culturales y festivas, atendiendo, según el preámbulo a “unas condiciones de uso acordes a su dignidad como seres sensibles, con el fin de evitar situaciones de humillación, maltrato y muerte del animal”.
En concreto los artículos 70 y 71, sobre la utilización de los animales en filmaciones y artes escénicas. Bajo esta nueva regulación, las actividades se someten a un control en forma de declaración responsable o autorización, ambos, ante la autoridad u órgano competente. Por lo que la aprobación de estos artículos afectaría totalmente a los medios de comunicación del sector cinegético.
Haz clic el vídeo para entender cómo nos afectaría:
Hace un momento, en la votación final, han sido aprobadas las leyes de bienestar animal. Una vez superada la criba del Congreso se trasladará al Senado.
Una vez que este órgano también dé el visto bueno a la ley animalista, volverá al Congreso, donde se votará definitivamente y se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento a partir del cual entrará en vigor, con una duración aproximada de seis meses después.