Publicada la Orden de Vedas de la Comunidad de Madrid

En el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de hoy (núm. 180), ha sido publicada la Orden 1528/2020, de 16 de julio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles que regirán durante la temporada 2020-2021.

La media veda, lo más inmediato mantiene sus fechas habituales en cotos privados con superficie igual o superior a 250 has, los jueves, sábados, domingos y festivos desde el 15 de agosto al 15 de septiembre.

No existe limitación de número de ejemplares  para las especies:

  • Paloma torcaz
  • Paloma bravía
  • Estornino pinto
  • Urraca
  • Grajilla
  • Corneja
  • Zorro

Pero para la codorniz se establece un cupo de 10 ejemplares por cazador y día.

En cuanto a la tórtola se reduce un poco más el período, pudiéndose cazar los sábados y domingos comprendidos entre el último fin de semana de agosto (29-30/08) y el primero de septiembre (05-06/09). Es decir se puede cazar solo los 4 días indicados con un cupo de 8 ejemplares por cazador y día.

En el ejercicio de la caza menor, al salto o en mano, cada cazador podrá estar acompañado por un máximo de tres perros.

La Orden completa en:.

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/07/27/BOCM-20200727-9.PDF