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Indignaci贸n en el mundo rural por la suspensi贸n cautelar de la caza del lobo
El Auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le贸n que estima la medida cautelar de suspensi贸n de la caza del lobo vuelve a dar la raz贸n a los anticaza e impide la aplicaci贸n del Plan de Aprovechamientos Comarcales de Lobo en los terrenos cineg茅ticos situados al norte del r铆o Duero en Castilla y Le贸n para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019.
Esta medida cautelar se apoya en las carencias de la propia fundamentaci贸n de la Resoluci贸n que aprob贸 el Plan y que no era otra que el Decreto 32/2015 de 30 de abril, de Especies Cineg茅ticas, el Decreto 14/2016, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan del Lobo y la Orden Anual de Caza de 2016, normas todas ellas ya anuladas por el TSJ por haberse redactado, a criterio del Tribunal, sin el suficiente respaldo de informes cient铆ficos sobre la situaci贸n de las especies.
Con este mismo criterio y por la 鈥渁pariencia de buen derecho鈥 de esta sentencia no firme se adopta esta medida cautelar para evitar un perjuicio de imposible reparaci贸n que constituir铆a la caza de lobos sin tener asegurado que puedan cazarse.
Este razonamiento puede ser comprensible, lo que es m谩s dif铆cil de entender es que no se considere al menos igual de irreparable y de mucho mayor calado el perjuicio que supone la suspensi贸n de la caza del lobo para el inter茅s general.
La mayor铆a de los ciudadanos, que no tiene conocimiento de la especie m谩s que por los documentales o por las informaciones parciales y sectarias de estos grupos animalistas radicales, puede caer en el error de pensar que las poblaciones de lobo est谩n en recesi贸n en Castilla y Le贸n cuando no es as铆.
Es necesario volver a informar de una forma veraz y cient铆fica sobre este tema. El estudio cient铆fico que ha fundamentado el aprovechamiento del lobo en la regi贸n, firmado por reconocidos especialistas en el c谩nido a nivel nacional, demuestra que este mantiene estables sus manadas y en algunas zonas se encuentra en expansi贸n, de ah铆 que la propia Administraci贸n est茅 instando a nivel europeo la flexibilizaci贸n de los controles poblacionales al sur del Duero.
No obstante, el Tribunal, desoyendo la oposici贸n de la Junta sobre estas medidas cautelares, obvia el informe pericial presentado para acreditar los graves perjuicios que provocar铆a la suspensi贸n de la caza del lobo considerando que 鈥渟olo contiene afirmaciones suscritas por quien es el Jefe del Servicio de Caza y Pesca鈥. Seg煤n el Tribunal, el informe presentado por el funcionario p煤blico que dispone de toda la informaci贸n sobre el problema del lobo en Castilla y Le贸n carece de valor probatorio.
El Tribunal considera que 鈥渘o consta que exista una situaci贸n que demande ese aprovechamiento con el fin de atajar los concretos problemas para la ganader铆a, para los ecosistemas u otros a los que se alude por parte de la Administraci贸n demandada鈥, y que tampoco 鈥渃onsta que para evitar esos eventuales da帽os que se alegan no haya otras medidas alternativas que no perjudiquen el mantenimiento en un estado de conservaci贸n favorable del lobo鈥.
Adem谩s, el auto afirma que 鈥渘o estando acreditados ni indiciariamente esos perjuicios a los que alude la Administraci贸n, no procede tampoco exigir ninguna garant铆a para la adopci贸n de la medida cautelar.鈥
Es evidente, como dice el propio Tribunal, que la Sala no conoce la verdadera repercusi贸n que esta medida tendr铆a sobre el medio ambiente y sobre los intereses de ganaderos y otros habitantes del medio rural. El inter茅s cineg茅tico aqu铆 puede ser lo de menos.
Esta suspensi贸n de la caza, de mantenerse en el tiempo, provocar铆a un brusco repunte y un grave desequilibrio en las poblaciones de lobo en el medio natural con el consecuente mayor rechazo hacia esta especie por sus afectados, personas del medio rural que vi茅ndose desesperadas y abandonadas a su suerte podr铆an verse tentadas a actuar al margen de la ley con el peligro que esto conlleva para el propio lobo y para el resto de especies, incluidas las protegidas. Son de sobra conocidas las consecuencias, tanto biol贸gicas como jur铆dicas, que pueden provocar este tipo de actuaciones ilegales y no selectivas, pagando casi siempre, una vez m谩s, los cotos de caza.
Ganaderos, cazadores y Administraci贸n saben que la 煤nica forma de gestionar el lobo de forma eficaz es a trav茅s de la caza y que no hay recetas m谩gicas para resolver el problema de la convivencia del hombre y el lobo si no es a trav茅s de un aprovechamiento cineg茅tico ordenado, por eso y para evitar este perjuicio irreparable que los tribunales ignoran, instamos a la Junta de Castilla y Le贸n a resolver esta situaci贸n a la mayor brevedad adaptando la regulaci贸n sobre el lobo al ya modificado Decreto que regula la conservaci贸n de las especies cineg茅ticas. Confiamos en ello y estamos seguros de que, por el bien de todos, se seguir谩 cazando el lobo en Castilla y Le贸n.
Nuestro apoyo total a nuestros compa帽eros de las asociaciones agrarias y ganaderas en defensa de sus leg铆timos intereses y nuestra solidaridad a los propios perjudicados.
FEDERACI脫N DE CAZA DE CASTILLA Y LE脫N
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