Castración y núcleo zoológico para los perros de caza

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 se ha impuesto a la Estrategia Nacional de Gestión Cinegética en el en el proyecto que pretende aprobar la Ley de Protección y Derechos de los animales. De esta manera, los perros de caza quedarán incluidos en esta normativa cuya reforma del Código Penal podrá condenar a penas de cárcel de 18 y 24 meses las acciones de maltrato animal. Este proyecto de ley contempla que todos aquellos cazadores que posean cinco o más perros, ya sean rehalas o no, deberán registrarse como núcleo zoológico y, en caso de querer criar con ellos, deberán inscribirse en el Registro de Criadores, tener unas instalaciones adecuadas y cumplir condiciones que serán controlados por las fuerzas y cuerpos de seguridad.

La Estrategia Nacional de Gestión Cinegética que planteaba el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuyo periodo de consulta terminó el 2 de febrero, contemplaba un tratamiento distinto para los perros de caza y las rehalas en general. Su objetivo principal es fomentar una actividad cinegética sostenible que permita la conservación de la biodiversidad, la gestión adecuada de los ecosistemas, un control de las poblaciones cinegéticas y la generación de riqueza en el medio rural. Sin embargo, el ministerio que encabeza la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, propone que todos los perros se incluyan bajo el paraguas de esta reforma del Código Penal. «Hoy empezamos a terminar con la impunidad de los maltratadores de nuestro país». Con estas palabras se despachaba Belarra el pasado viernes tras la puesta en marcha en el Congreso del proceso que pretende aprobar la Ley de Protección y Derechos de los animales.

Perros de caza esterilizados y riesgos laborales

Si sale adelante este proyecto de ley, será obligatorio que los cazadores y dueños de rehalas se inscriban en el Registro de Animales de Compañía y que tengan vinculada a este registro su licencia de caza. Además, aquellos que quieran criar con sus perros deberán inscribirse en el Registro de Criadores y, en caso de no hacerlo, deberán esterilizar a los perros de caza que posean y tengan acceso al exterior de las viviendas o perreras. En el caso de que machos y hembras no puedan separarse se deberá esterilizar, al menos, a uno de los dos sexos.

También se contempla establecer una titulación mínima para aquellos que quieran realizar «actividades profesionales» que estén relacionadas con animales de compañía. En estos casos, los perros deberán cumplir condiciones desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales y tener, al menos, 18 meses de edad.

Fuente Heraldo de Aragón

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