A pesar de las intempestivas fechas en las que la Administración manchega ha abierto el plazo para efectuar alegaciones, los servicios jurídicos de la Asociación Española de Rehalas han actuado con contundencia ante un texto de marcado tinte restrictivo en el uso de los medios auxiliares de la actividad cinegética como son los perros de caza.
Con el fin de adaptar esta regulación a las necesidades del uso de los perros no solo para la caza, sino también para las actividades ganaderas o de defensa, se propone su exclusión del régimen previsto para los animales potencialmente peligrosos o la autorización del corte de colas y orejas por veterinarios basadas en exigencias funcionales, entre otras propuestas.
Con independencia de la atención a estas alegaciones, seguiremos informando del resultado del proceso de elaboración de esta norma que no puede convertirse, como pretenden algunos sectores, en una herramienta para limitar, restringir o incluso abolir la actividad cinegética.
Por todo ello la Asociación Española de Rehalas no descarta proponer el recurrir a otras instancias, incluso a la movilización, si fuera necesario.
Alfonso Aguado Puig
Presidente