Tras una ardua investigación, finalmente hemos conseguido la solución a esta infinita ecuación.
Se lo desvelamos en exclusiva.
El calibre .22 vuelve a estar de actualidad. Con la aprobación de la nueva Ley de Caza de Castilla-La Mancha, el uso de este calibre para la práctica de la actividad cinegética dejaba de prohibirse expresamente en la normativa de esta región. ¿Significaba ello que ya podía utilizarse para cazar? Es la pregunta que los cazadores de esta comunidad todavía se siguen haciendo a día de hoy.
En el número de marzo publicacmos que se volvía a autorizar el uso del calibre . 22 y no es cierto, por lo que les pedimos perdón y rectificamos a continuación.
Efectivamente, publicamos la noticia de que en la nueva Ley de Castilla-La Mancha se había eliminado la prohibición de cazar con el calibre .22 de percusión anular, por lo que muchos cazadores y medios de comunicación especializados entendimos que dicha medida suponía que el citado calibre, cuyo uso en caza está prohibido desde hace muchas décadas, se podría utilizar de nuevo en la actividad cinegética. Parecía claro porque, además, conocíamos que la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE), a petición de la ONC, había reconocido que el .22 no estaba prohibido para cazar en el Reglamento de Armas, por lo que según la ICAE “no procedía modificar el Reglamento sino la norma (es decir la ley de caza) que prohibía su uso”, y dicha norma, la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, ya había sido modificada.
Pues bien, más tarde hemos conocido que el .22 de percusión anular seguirá sin poderse utilizar para cazar porque la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), que es un organismo consultivo para la interpretación de los Reglamentos de Armas y Explosivos que está por encima de la ICAE, considera curiosamente que la licencia tipo E ampara rifles del calibre .22 para tiro deportivo y, según entiende la CIPAE , la caza no es una actividad deportiva.
Digo curiosamente, porque la caza, estemos de acuerdo o no, lo cierto es que está considerada como una actividad deportiva en España y si no que se lo digan a la Real Federación Española de Caza y al Consejo Superior de Deportes, al que pertenece la RFEC desde casi hace tantas décadas como está prohibido el .22.
Vivimos en un país que somos europa para unas cosas y para otras no. Tanto en la caza, agricultura o lo que sea. Para soltar dinero los primeros. Luego ya para el resto, ya veremos.
No salgo de mi asombro.
Se supone que teniendo licencia E para cazar, no solo tengo el derecho sino que se me reconoce la capacitación para realizar esta actividad DEPORTIVA.
Como todos sabemos, la caza con el 22 se practica con satisfacción desde la invención de estos calibres.
Si me permiten disponer de una carabina del 22 con una licencia “E”, ¿Por qué no puedo utilizarla….cazando? Soy tonto y hare tonterías con el 22 y no con el calibre 12/76 etc.
Si regulan, regulen con justificación. Lo contrario, con todo respeto, es hacer el ridículo y cabrear al personal mareando la perdiz.
Nuestros vecinos de Portugal y Francia, por citar algunos países europeos, esta regularizada y permitida la caza con carabinas. Al tiempo, como siempre.
VIVA LA LIBERTAD. ABAJO LA REPRESIÓN.
Nusotros semos europeos pero sabemos lo que queremos, como reza la canción.
Santa paciencia.
Enrique G. D.
Estimado Jose,
Tengas la licencia de armas que tengas con el rifle del 22. está prohibido caza.
Muchas gracias por seguirnos.
Si tienes licencia de armas largas ralladas, para disparar cartuchos metálicos. Podrías cazar con rifle del 22.