En la tribuna del número 476 de la revista Quercus (octubre 2025), la Asociación Ciervo Ibérico publicó una nota titulada “El IREC y los traficantes de ciervos”, en referencia a la sentencia del juzgado de Ciudad Real que ha absuelto a diez acusados de introducir ilegalmente ciervos de origen centroeuropeo en España. En dicha nota, cuya difusión también ha alcanzado otros medios, como la revista Trofeo, se indica que “testimonios de expertos del IREC en el juicio contribuyeron a una sentencia absolutoria”, y se reprocha “la facilidad que en ocasiones tiene el mundo académico para trabajar al servicio de grupos de presión o de intereses particulares, olvidando la necesaria independencia y neutralidad” de la ciencia.
Algunos de los aspectos comentados en esa nota no reflejan ni el papel desempeñado por el IREC en el procedimiento judicial mencionado, ni los principios que guían nuestra labor científica, por lo que creemos necesario ofrecer una aclaración que sirva para evitar interpretaciones erróneas.
La posición institucional del IREC es la defensa de la ciencia como elemento vertebrador de las decisiones de gestión. En ese contexto, queremos subrayar las investigaciones sobre genética del ciervo realizadas en colaboración con el Centro de Investigação em Biodiversidade e Recursos Genéticos (CiBio) de Portugal (ver, por ejemplo, Queirós et al. 2015, 2019, 2020, entre otros), que intentaban comprender la diversidad y diferenciación genética de los ciervos en la Península ibérica.
Estos trabajos señalan que los ciervos presentes en la Península ibérica divergieron de los del resto de Europa hace ca. 20 mil años, lo que resultó en una singularidad genética notoria que diferencia los ciervos de la Península Ibérica de los del Centro, Norte y Este de Europa. No obstante, esa singularidad genética no encaja con la clasificación taxonómica tradicional de “subespecie ibérica”, aunque sí representa unidades evolutivas diferenciadas (ver, por ejemplo, Carranza et al. 2016 y 2024).
De hecho, según los estudios del IREC y el CiBio, tanto la divergencia de miles de años (promovida por el aislamiento) como la probable adaptación local a las condiciones ambientales y climáticas, han contribuido a la evolución de varias unidades evolutivas dentro de esta especie en Europa occidental, una de ellas sólo presente en la Península Ibérica. Esto, además de servir de incentivo para reforzar la investigación en este ámbito, debe tenerse en cuenta para la gestión y conservación del ciervo rojo. En este sentido, la postura del IREC es la de conservar la riqueza y diversidad genética y el buen estado sanitario de las poblaciones de ciervo, cuestiones que pueden verse afectadas por las introducciones de ciervos foráneos, entre otras intervenciones.
En el proceso judicial al que hace referencia la nota de la Asociación Ciervo Ibérico participaron como peritos varios científicos adscritos al IREC, a instancias de ambas partes. La justicia falló a favor de la absolución de los acusados. Posiblemente, porque no se sustanciaron efectos negativos graves sobre la especie Cervus elaphus ni sobre su sanidad. En todo caso, los científicos intervinieron a título personal, sin representar a la institución ni expresar necesariamente su posición oficial.
La libertad de cátedra y de investigación constituye un principio esencial del trabajo científico, que ampara la diversidad de enfoques y opiniones entre investigadores. Esta pluralidad es inherente a la ciencia y, en ocasiones, puede no coincidir plenamente con la posición institucional del centro al que pertenecen los científicos. En cualquier caso, en el IREC mantenemos un compromiso firme con la independencia, la objetividad y la neutralidad de la ciencia, principios que seguirán guiando nuestra labor al servicio del conocimiento, la gestión sostenible de la fauna silvestre y la conservación de la biodiversidad.
Texto y fotos: IREC