• El presidente de la RFEC ha denunciado la matanza de una cuarentena de animales de caza mayor en el Parque Nacional de Monfragüe por parte de trabajadores de la empresa pública TRAGSA
• Advierte que esta situación se extenderá a todos y cada uno de los parques nacionales en los que la población de ungulados crezca, con el consiguiente empobrecimiento ecológico, económico y social de las zonas de influencia de las zonas protegidas
El residente de la Real Federación Española de Caza, Manuel Gallardo, ha exigido a la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, la modificación de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, para evitar que se repitan matanzas de animales de caza mayor como la ocurrida el pasado 22 de abril en el corazón del Parque Nacional de Monfragüe (Cáceres).
Gallardo ha denunciado ante la ministra que los empleados de la empresa pública TRAGSA llevaron a cabo la matanza de una cuarentena de animales en la finca Las Cansinas, propiedad de Parques Nacionales, en plena parada biológica de cría y reproducción de especies protegidas y cinegéticas.
Para el presidente de la RFEC, “no es lógico que se prohíban controles poblacionales a partir de acciones cinegéticas en los Parques Nacionales, pero a la vez se produzcan matanzas de animales a través de empresas públicas, ya que está suponiendo un coste al erario público, y por tanto a todos los contribuyentes, y por otro lado el nulo aprovechamiento por parte de las poblaciones que se encuentran en las zonas de influencia del Parque”.
En este sentido, Gallardo ha recordado que desde la RFEC se viene advirtiendo que la prohibición de controles poblacionales a partir de acciones cinegéticas en estos espacios protegidos “supondría un empobrecimiento ecológico, económico y social de los pueblos y zonas del entorno”. “La situación que se ha producido en Monfragüe proseguirá en todos y cada uno de los parques nacionales en los que la población de ungulados crezca exponencialmente y sea necesario efectuar su control poblacional”.
Por ello, ha exigido la modificación del Artículo 7.3, apartado a) donde se prohíbe la caza deportiva y comercial, para que esta actividad se permita y no cause un mayor daño ecológico, económico y social a los parques naturales y los pueblos de su entorno.