La Junta activa medidas para frenar los daños agrícolas del conejo silvestre

Medidas cinegéticas excepcionales en Andalucía para mitigar los daños del conejo silvestre

La Junta de Andalucía ha aprobado medidas cinegéticas excepcionales para el control del conejo silvestre en municipios de Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, durante la temporada 2025/2026. La resolución, publicada en el BOJA por la dirección general de Política Forestal y Biodiversidad, responde a los graves daños agrícolas provocados por densidades anómalas de esta especie.

Aunque el conejo silvestre es una especie clave en los ecosistemas mediterráneos y fundamental para especies como el lince ibérico o el águila imperial, en algunas zonas ha alcanzado niveles que comprometen la productividad agraria, lo que ha llevado a declarar la emergencia cinegética.

Las medidas se aplicarán únicamente en terrenos cinegéticos con Plan Técnico de Caza en vigor que contemple el control del conejo, y dentro de los municipios señalados en la resolución, como Loja, Úbeda, Antequera o Morón de la Frontera, entre otros.

Entre las acciones previstas, se permite la captura en vivo mediante el empleo de hurones y redes durante toda la temporada cinegética 2025/2026.

Paralelamente, se autoriza el uso de armas de fuego entre el 24 de noviembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026, únicamente los jueves, sábados y domingos. De forma excepcional, y previa solicitud de los titulares de los cotos, las delegaciones territoriales podrán ampliar este período si la situación lo requiere. El número máximo de personas cazadoras por jornada queda limitado a cinco por cada 250 hectáreas, con posibilidad de incremento proporcional.

También se permite el uso de aves de cetrería a diario durante el mismo período sin restricciones en cuanto al tipo de ave empleada. Durante el período general de caza del conejo, del 10 de agosto al 23 de noviembre de 2025, seguirán rigiendo las condiciones establecidas en los planes técnicos de caza y en la normativa autonómica vigente con la única excepción de que la cetrería se permitirá todos los días.

Como medida complementaria, se abre la posibilidad de autorizar el control de depredadores cinegéticos como el zorro, dada su condición de especie oportunista y la situación de desequilibrio causada por la sobreabundancia de conejo en determinados cotos. Esta actuación se evaluará en cada caso para evitar impactos negativos sobre otras especies como la liebre ibérica.

Para aplicar cualquiera de estas medidas, los titulares de los terrenos deberán comunicar con al menos diez días hábiles de antelación a la delegación territorial correspondiente la intención de realizar acciones de control.

En cuanto al destino de los ejemplares capturados, se contempla su aprovechamiento para autoconsumo, su traslado a zonas del propio coto alejadas de las áreas dañadas o, con autorización expresa, su uso para repoblación en otros cotos cinegéticos. En este último caso, deberán cumplirse los requisitos de trazabilidad y sanidad animal establecidos por la normativa autonómica y estatal, incluyendo la comunicación posterior del resultado de la repoblación y la entrega de documentación sanitaria.

Asimismo, se establece que los titulares de los cotos que hagan uso de estas medidas excepcionales deberán incluir, como anexo a la memoria anual de actividades cinegéticas, un resumen detallado de los resultados obtenidos.

La resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y estará vigente hasta la finalización de la temporada cinegética 2025/2026.

Para el resto de los municipios y provincias no incluidas en esta resolución las medidas de control de daños en los cultivos agrícolas son posibles mediante su inclusión en el plan técnico de caza de cada acotado. En el caso de terrenos rústicos sin aprovechamiento cinegético esta situación se solventa con la tramitación de las autorizaciones excepcionales que se deben de tramitar en las delegaciones territoriales de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

 

Consulte la resolución del BOJA completa aquí