Castilla-La Mancha ha hecho público su calendario oficial de caza para la temporada 2022/23, en el que se recogen los periodos, modalidades y especies permitidas de caza mayor y menor, y en el que se señala que la tórtola común (Streptopelia turtur) no será objeto de caza. La Orden de Vedas castellanomanchega especifica que tanto caza mayor como menor, con carácter general, comenzarán el 8 de octubre, finalizando cada periodo en función de las especies y modalidades, ya sea montería, rececho o espera, o al salto o en mano y en puesto fijo para migratorias.
La Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Castilla-La Mancha ha publicado en su Diario Oficial, DOCM, la Orden 101/2022, de 23 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2022-2023. En este documento se señalan los periodos hábiles para la práctica de la caza en la comunidad.
La Media Veda comenzará el 20 de agosto para las especies codorniz, paloma torcaz y bravía, retrasándose hasta el 27 de agosto para la caza de codornices en municipios de las Comarcas Agrarias Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara que se especifican en el Anexo III de la Orden. La caza de la codorniz finalizará el 15 de septiembre de forma general, y para ella se establecen cupos de 10 o 20 ejemplares según provincia, mientras que la caza de palomas se alarga hasta el 21. En esta Orden se considera a la tórtola común como especio no objeto de caza.
No obstante, con referencia a la tórtola común o europea, las personas titulares de planes de ordenación cinegética que la tengan incluida como especie de caza «deberán incluir en la memoria anual de resultados una descripción de las medidas adoptadas para mejoras de hábitats que han desarrollado a lo largo de la temporada cinegética 2022/2023 y que son beneficiosas para la especie». De este modo, los titulares de acotados que describan estas medidas «podrán acceder a ayudas específicas establecidas a tal fin por la Consejería competente».
En cuanto a la temporada de caza mayor, hasta el 31 de julio, y desde el 1 al 30 de septiembre, podrán cazarse corzos según se especifique en la normativa. Para el ciervo, gamo, muflón y jabalí comenzará su periodo general de caza el 8 de octubre y finalizará el 21 de febrero, pudiéndose alargar para el jabalí un periodo especial mediante caza en esperas o aguardos.
El artículo 10 de la citada Orden señala que «queda prohibido abandonar en el medio natural vainas o casquillos de munición, así como cualquier utensilio, elemento o material que la persona cazadora porte en su ejercicio, salvo los que salen despedidos al realizar el disparo y son de difícil recuperación, tales como tacos, perdigones o balas».