Con la entrada en vigor el pasado año y aplicable ya en esta temporada 2019/2020 del Decreto 165/2018, de 18 de septiembre, por el que se regulan las condiciones sanitarias de la carne de caza en Andalucía con destino a consumo humano, se define la Junta de carnes como el lugar designado donde se realiza la operación de extracción de estómago e intestinos, en su caso, así como el primer examen de las piezas de caza con destino a comercialización.
Por un lado, en el artículo 7, se exponen las condiciones de la junta de carnes, entre las cuales destacamos lo expuesto en el punto 2: “Esta junta de carnes estará ubicada preferentemente dentro del terreno cinegético donde se realiza la actividad. No obstante, se podrá designar una junta de carnes situada en un terreno colindante si existe acuerdo expreso de la persona titular del aprovechamiento cinegético con el propietario del terreno no cinegético.
En segundo lugar, se define en el Artículo 2.f), el “Local de reconocimiento de caza: Establecimiento donde se realiza el control sanitario de piezas de caza para que puedan ser destinadas a carne de caza para autoconsumo, así como el primer examen de las piezas de caza en los supuestos previstos en el artículo 8.6.”, exponiéndose en el artículo 8.6, lo siguiente: En el caso que en un terreno cinegético o colindante exista un local de reconocimiento de caza, y se realice una actividad cinegética en la que haya que hacer un primer examen, según lo dispuesto en los artículos 9 y 10, éste se podrá realizar en dicho local y no será necesario una junta de carnes.
La mayoría de las Sociedades de Cazadores comercializan la carne de caza, siendo estos ingresos los que las sustentan. En estos años atrás, se ha realizado un importante esfuerzo económico para poder disponer de locales de reconocimiento de caza con las máximas garantías sanitarias, que a la vez cumplen perfectamente las condiciones para servir de junta de carnes y que después de la entrada en vigor de este desastroso Decreto, quedan inhabilitadas para el fin con el que se realizaron, ya que la mayoría de los locales no se encuentran dentro del terreno cinegético o colindante de donde se realiza la actividad cinegética, no pudiendo transportar la carne a comercializar a los mismos, un sin sentido.
Las sociedades de cazadores, gestionan grandes cantidades de terreno, particularmente en nuestro caso, la sociedad gestiona la caza en unas 15.650 hectáreas de terrenos cinegéticos, suponiendo en torno al 30% de la superficie total del término municipal de Aroche. Unas 9.000 hectáreas corresponden a montes de titularidad pública o espacios naturales protegidos, no siendo propietarios de la gran mayoría de estos terrenos, por lo que es imposible acometer obras en estos lugares.
También se hace imposible o muy difícil el acceso de camiones a la mayoría de los terrenos, habiéndose producido ya algunos accidentes en la recogida de carnes o subproductos.
No se entiende que la carne para autoconsumo pueda ser transportada en un radio de 100 Km, y la carne para comercializar no pueda transportarse a nuestro local que se encuentra a escasos kilómetros de todos los cotos o terrenos que gestionamos por el simple hecho de que no sean colindantes.
En definitiva, queremos denunciar que con la aplicación de este Decreto, no se están cumpliendo las funciones para las que fue redactado, sino más bien al contrario, no mejorándose las condiciones sanitarias y empeorando las condiciones de trabajadores o socios.
SOCIEDAD DE CAZADORES DE AROCHE
Sorteamos 5 Chaquetas Valkiria de Chiruca
Suscríbete antes del 09/12 a Trofeo Caza y participa en el sorteo de 5 chaquetas Valkiria de Chiruca .
Participar es muy fácil. Si ya estás suscrito ve directamente al paso 2
1. Entra en www.trofeocaza.com/suscribete/ y elige la oferta que más te guste.
2. Envía un WhatsApp al 619 984 516 o un mail a trofeo@edicionestrofeo.es con tu nombre, apellidos y la palabra “CHIRUCA”
3. Si eres uno de los ganadores el día 10/12 nos pondremos en contacto contigo.