Artemisan pide al Gobierno de Murcia el plan para control del arruí en Sierra Espuña

También exige una copia acreditativa del acuerdo alcanzado al respecto por el órgano competente para su aprobación, así como todos sus antecedentes. Con esta información, Fundación Artemisan estudiará si la disposición administrativa que pretende aniquilar a esta especie se ajusta o no a Derecho

Fundación Artemisan, institución que promueve la investigación y la comunicación de la caza y trabaja para afrontar los retos del sector cinegético en España, ha requerido formalmente a la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente de la Región de Murcia para que le haga entrega del documento íntegro del Plan de Medidas para el control de arruí en el Parque Regional de Sierra Espuña y en otros enclaves (2016-2017).

Artemisan considera que la no publicación oficial de este documento vulnera los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la Justicia, reconocidos y garantizados en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan estos derechos en materia de medio ambiente.

REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN ADICIONAL 

Fundación Artemisan también ha solicitado que se ponga a su disposición para su consulta la siguiente información adicional al Plan:

1.- Los estudios científicos que sirvieron de antecedentes al Plan para determinar la aniquilación de los ejemplares de arruí presentes en Sierra Espuña y otros enclaves (con copia de todos ellos e identificación de los peritos consultados);

2.- Los métodos de eliminación del arruí que se pretenden usar, con expresa indicación de los calibres para el supuesto de las armas de fuego;

3.- El personal autorizado para ello.

4.- El calendario anual de fechas y horas en las que se desarrollan las acciones de erradicación.

5.- Montes y áreas en las que se efectúan.

6.- Número de ejemplares que se pretenden eliminar durante la temporada 2016-2017.

7.- Características de las armadas permitidas para ello.

8.- Legislación en la que se basa el Plan aludido.

9.- Cualesquiera otros planes relacionados y/o vinculados con éste.

10.- Planes de señalización de las acciones de control a efectos de información y seguridad pública.

11.- Destino de los ejemplares de arruí abatidos.

12.- Cualquier otra información contenida en el Plan referida al arruí.

ACCIONES LEGALES

Una vez recibida toda esta documentación, y tras su minucioso análisis por parte de sus servicios jurídicos, la Fundación Artemisan estudiará si el plan se ajusta o no a lo dispuesto en nuestro ordenamiento jurídico y, en su caso, emprenderá las acciones legales que pudieran proceder.

Esta nueva actuación se suma a otras llevadas a cabo por la Fundación en aras a la salvación de esta especie. Así, el pasado mes de abril, Artemisan ya denunció el intolerable drama del exterminio del arruí. Lo hizo a través de un vídeo que ponía de relieve las imágenes de decenas de cadáveres en descomposición abandonados en el campo. Ver vídeo ” SOS ARRUI

Además, tras la realización de un exhaustivo estudio de investigación científica, demostró la importancia ecológica del arruí para la zona, que sirve como herramienta de preservación del hábitat y que en ningún caso desplaza a ninguna otra especie.

Fundación Artemisan

www.fundacionartemisan.com

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