Las licencias de armas se prorrogarán 6 meses durante el estado de alarma

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la Orden INT/316/2020, de 2 de abril, por la que se adoptan medidas en materia de armas, ejercicios de tiro de personal de seguridad privada, artículos pirotécnicos y cartuchería, y explosivos, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Esta Orden supone la prórroga durante seis meses de las licencias de armas largas rayadas para caza mayor, armas para tiro deportivo y escopetas de caza cuyo período de vigencia venza durante el estado de alarma y hasta dos meses después de que finalice esta situación. La misma medida se aplica para los informes de aptitud psicofísica ligados a las licencias de armas.

La prórroga afecta a las licencias B, D, E y F y a sus autorizaciones temporales de uso.

ORDEN PUBLICADA EN EL BOE

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